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jueves, 4 de junio de 2015

EEUU da un revés judicial a la estafadora empresa española Sacyr que quiere cobrar 50 % más por la ampliación del canal de Panamá.// por Miguel Jimenez encontrado en el diario español El País.

EEUU da un revés judicial a la estafadora empresa española Sacyr que quiere cobrar 50 % más por la ampliación del canal de Panamá.


Nota del autor del blog. La conocida estafadora  empresa se presenta a concurso en una licitación y gana por su mejor precio , luego cuando ya está a medio construir r la obra , exige un 50 % más de dinero , luego dice a  Panamá  que si no están de acuerdo nos vamos a juicio , sabiendo que esos juicios duran 10 años y Panamá no va a perder tanto tiempo dejando de ganar o incluso perder si se construyera el canal chino por Nicaragua.


Revés para Sacyr en el arbitraje del canal de Panamá

Una juez estadounidense rechaza la petición de documentación para probar el sobrecoste de la obra

http://economia.elpais.com/economia/2015/06/04/actualidad/1433448552_975451.html


MIGUEL JIMÉNEZ

 Madrid

5 JUN 2015





Vista general la ampliación del Canal de Panamá en agosto de 2014 / EFE


Sacyr ha sufrido su primer revés en el arbitraje internacional por los sobrecostes del canal de Panamá. Una juez estadounidense ha rechazado la petición de que la firma que asesoró a la Autoridad del Canal proporcione al consorcio una ingente cantidad de documentación que podría facilitarle probar el fundamento de sus reclamaciones. En todo caso, esta decisión en nada prejuzga el resultado del arbitraje y Sacyr cree que el consorcio podrá justificar los sobrecostes.

Las reclamaciones del consorcio Grupo Unidos por el Canal (GUPC) sumaban ya 2.700 millones de dólares (en torno a 2.400 millones de euros, al tipo de cambio actual) a cierre de 2014, según la última cifra publicada por Sacyr.
El contrato de la ampliación del canal de Panamá prevé tres instancias para resolver las reclamaciones que puedan surgir.


En primer lugar, las peticiones se notifican a la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), que las ha ido rechazando de forma sistemática.

La siguiente instancia es la Junta de Resolución de Disputas, formada por tres expertos, uno elegido por la ACP, otro por GUPC y un tercero de mutuo acuerdo. Por último, cabe recurrir a un arbitraje internacional en Miami (EE UU) bajo las normas de la Cámara de Comercio Internacional, donde han empezado a llegar algunas reclamaciones.

En esta fase decisiva, el consorcio de Sacyr quería acceder a documentación de la empresa de ingeniería Ch2M Hill, que trabajó para la ACP en el proyecto de ampliación del canal. Su argumentación en buena parte descansa en que hubo imprevistos no contemplados en el proyecto que han provocado retrasos y han aumentado el coste de la obra con respecto al presupuesto original. GUPC alega que la Autoridad del Canal retuvo información clave sobre las verdaderas condiciones y naturaleza del proyecto.

El consorcio pidió a un tribunal de Colorado (Estados Unidos) una orden judicial para tener acceso a documentación de Ch2M Hill, que tiene su domicilio en dicho Estado. En una decisión reciente, la juez Kathleen M. Tafoya rechaza la solicitud del consorcio liderado por Sacyr, pues considera que no cumple con los requisitos exigidos por la ley estadounidense para proceder al discovery, que es como se llama a este mecanismo procesal por el que las partes pueden solicitar auxilio judicial para acceder a documentos que creen que pueden ser necesarios para su defensa en el pleito.

La juez Tafoya subraya que la ley obliga a facilitar información “a tribunales extranjeros o internacionales”, pero que un arbitraje privado no encaja en esa definición. Y añade que aunque se considerase al panel de arbitraje un auténtico tribunal, tampoco podría obligar a facilitar documentación que está en poder de la filial CH2M Hill Panamá por ser documentos situados físicamente en Panamá y que conciernen a actividades en ese país.

Millones de documentos
Además, la juez argumenta que obligar a CH2MHill a facilitar esa documentación al consorcio habría sido una carga excesiva pues comprende 89 cajas y archivos por 1,65 terabytes. Esto último equivaldría a 165 millones de páginas, unas 80.000 cajas más.


 Nota del autor del blog: si todo estuviera en forma digital una computadora y un software especializado podría resolver el asunto en minutos.

“No puede haber ninguna objeción seria a que 165 millones de documentos son una carga excesiva, sobre todo en relación con un procedimiento de arbitraje que, por su naturaleza, está diseñado para minimizar la carga sobre las partes”, dice la juez.

Según fuentes jurídicas hay otra decisión de otro juez en el mismo sentido. Ninguna de las dos es decisiva para la resolución final del arbitraje.


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