Limites marítimos entre Nicaragua y Colombia antes y después del fallo
de la Haya
Límites marítimos antes del fallo de La Haya
Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa
Catalina
http://es.wikipedia.org/wiki/Archipi%C3%A9lago_de_San_Andr%C3%A9s,_Providencia_y_Santa_Catalina
Los gobiernos de Colombia y
Nicaragua firmaron el 24 de marzo de 1928 el Tratado Esguerra-Bárcenas
en el cual el país suramericano reconocía a Nicaragua la soberanía sobre la Costa de los Mosquitos
y el país centroamericano reconocía la soberanía de Colombia sobre el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. El
5 de mayo de 1930 se firmó el Protocolo que
confirmaba el Tratado de 1928.
El gobierno del general Gustavo Rojas Pinilla declaró a
San Andrés Puerto libre en 1953, lo cual transformaría la isla en centro
comercial y turístico. Ello también motivó la llegada de numerosas personas
procedentes de la Colombia continental. En 1972 los Estados Unidos renunciaron
a sus pretensiones sobre los Cayos Roncador, Serrana y Quitasueño, por lo cual
Colombia ejerce soberanía de los mismos como parte del Archipiélago. El
presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, denunció en 1980 el Tratado
Esguerra-Barcenas de 1928 y anunció que llevaría el caso ante la Corte
Internacional de Justicia de La Haya para probar que el archipiélago
correspondía a la soberanía de su país. Ante esto, Colombia ratificó la validez
de los tratados.
En
1991 se creó el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa
Catalina y en 2001 la Unesco declaró al archipiélago "Reserva de Biósfera
de Flora Marina".
El 6 de diciembre de 2001 el gobierno de Nicaragua
oficializó la demanda que reclamaba ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya soberanía sobre el archipiélago y
alegaba que Colombia no tenía ningún título legal de soberanía sobre el área.
En 2003 Colombia presentó ante la Corte las "Excepciones
preliminares" para contradecir los alegatos nicaragüenses. El 13 de diciembre de 2007, la Corte
Internacional de Justicia dio su fallo oficial sobre las excepciones preliminares
de Colombia. En dicha declaración, la Corte
estableció que el Tratado de 1928 y el Protocolo de 1930 eran válidos y que por
lo tanto la soberanía de Colombia sobre las islas de San Andrés, Providencia y
Santa Catalina eran incuestionables, porque el caso estaba cerrado, no
existiendo una querella judicial al respecto.[3] Sin embargo, la Corte
estableció que en cambio sí está abierta la querella sobre la soberanía de los
Cayos Roncador, Serrana y Quitasueños, los cuales no están incluidos dentro del
Tratado de 1928 por haber estado entonces en querella entre Colombia y Estados
Unidos. También permanece abierta la querella sobre la
delimitación de áreas marinas y submarinas entre los dos países.
Límites marítimos nuevos
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