2 inteligencias artificiales opinan sobre la noticia que El estado peruano desea apoderarse del megapuerto de Chancay, construido por los Chinos, sin haber puesto el gobierno de Perú ni un dólar .
Revés para Cosco Shipping en el Puerto de Chancay: Poder Judicial falla a favor de que Ositran supervise terminal portuario
La Segunda Sala Constitucional de Lima dejó sin efecto la sentencia que favorecía a Cosco Shipping al concluir que no existe una amenaza cierta e inminente contra los derechos de la empresa con la regulación de Ositran.
El Poder Judicial revocó la sentencia que había limitado las facultades del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) sobre el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay y declaró improcedente la demanda de amparo presentada por Cosco Shipping Ports Chancay Perú.
La decisión fue adoptada por la Segunda Sala Constitucional de Lima, que dejó sin efecto el fallo emitido en primera instancia en enero de este año, el cual ordenaba que Ositrán se abstuviera de ejercer funciones de regulación, supervisión, fiscalización y sanción sobre las operaciones del terminal, salvo en materia tarifaria bajo determinadas condiciones.
Ante esta decisión, Ositran destacó que el fallo reafirma el marco legal que sustenta las competencias del organismo regulador sobre la infraestructura portuaria que es considerada de uso público, pese a tener una administración privada.
La controversia
El proceso se originó luego de que Cosco Shipping Ports Chancay Perú sostuviera que Ositrán carecía de competencia para supervisar el puerto por tratarse de una infraestructura de titularidad privada desarrollada sin un contrato de concesión.
La empresa argumentó que diversos oficios, requerimientos y declaraciones públicas del regulador evidenciaban una intención de asumir competencias que, a su juicio, vulneraban derechos constitucionales como la propiedad, la libertad de empresa, la seguridad jurídica y el principio de no confiscatoriedad.
Entre los actos cuestionados figuraban comunicaciones emitidas entre 2024 y 2025 mediante las cuales Ositrán solicitó información sobre el cumplimiento de obligaciones vinculadas a los derechos de los usuarios, regulación tarifaria y normas aplicables al funcionamiento del terminal.
Sala respalda competencias de Ositrán
Sin embargo, la Sala Constitucional concluyó que esos documentos no constituyen una amenaza cierta e inminente contra los derechos fundamentales de la empresa, requisito indispensable para que proceda una demanda de amparo.
Según el tribunal, las actuaciones de Ositrán corresponden al ejercicio regular de las facultades que la legislación le asigna respecto de las infraestructuras de transporte de uso público y no representan, por sí mismas, una afectación constitucional.
Asimismo, precisó que el hecho de que el puerto tenga un propietario privado no excluye la competencia del regulador.
La resolución sostiene que el Terminal Portuario de Chancay es una infraestructura de uso público y, por tanto, la empresa califica como una "Entidad Prestadora", quedando sujeta a las funciones normativas, supervisoras, fiscalizadoras, sancionadoras y regulatorias de Ositrán previstas en la Ley de Creación del organismo, la Ley del Sistema Portuario Nacional y otras normas vigentes.
El amparo no reemplaza la vía administrativa
La Sala también señaló que, si en el futuro alguna actuación concreta de Ositrán derivara en un acto administrativo que vulnerara derechos de la empresa, Cosco deberá primero agotar los recursos administrativos correspondientes y, posteriormente, podrá acudir a la vía contencioso-administrativa.
En ese sentido, indicó que los requerimientos y actuaciones preliminares del regulador no constituyen, por sí solos, una amenaza constitucional que justifique la intervención del proceso de amparo.
¿Qué resolvió el Poder Judicial?
En su decisión final, la Segunda Sala Constitucional confirmó únicamente el extremo de la sentencia que rechazó la excepción de falta de legitimidad para obrar planteada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Sin embargo, revocó el fallo que había declarado fundada la demanda de Cosco Shipping Ports Chancay Perú y, reformándolo, declaró improcedente el proceso de amparo.
Con esta decisión, Ositrán mantiene plenamente sus competencias para supervisar el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay mientras no exista un pronunciamiento definitivo en otra vía judicial o administrativa sobre el alcance de dichas facultades.
El Poder Judicial peruano falló en primera instancia a favor de Cosco Shipping: Ositran no podrá supervisar ni fiscalizar el Puerto de Chancay, salvo en casos muy específicos de tarifas si Indecopi determina ausencia de competencia. Esto significa que, por ahora, la razón la tiene la empresa china, aunque la disputa aún puede continuar en instancias superiores.
Contexto del fallo
Sentencia (enero 2026): El Primer Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la acción de amparo de Cosco Shipping contra Ositran y la PCM.
Decisión: Ositran debe abstenerse de ejercer funciones de regulación, supervisión, fiscalización y sanción en el Puerto de Chancay.
Excepción: Ositran solo podrá intervenir en tarifas si Indecopi confirma que no existe competencia efectiva.
Argumentos centrales
Cosco Shipping: El puerto fue financiado íntegramente con capital privado (Cosco Shipping y Volcan Compañía Minera), no es una concesión estatal, por lo que Ositran no tiene competencia.
Poder Judicial: Reconoció que el puerto, aunque de uso público, es infraestructura privada habilitada por la Autoridad Portuaria Nacional (APN).
Redistribución de competencias:
APN: Supervisión de operaciones portuarias.
Indecopi: Control de competencia y tarifas en caso de monopolio.
Ositran: Queda limitado, sin rol de supervisión general.
Comparación de posiciones
| Entidad | Rol según fallo | Argumento principal |
|---|---|---|
| Cosco Shipping | Operador privado con autonomía | Puerto no es concesión estatal, inversión privada |
| Ositran | Sin facultades de supervisión | Pretendía regular como si fuera infraestructura concesionada |
| APN | Supervisión operativa | Autoridad portuaria nacional |
| Indecopi | Control de competencia y tarifas | Garantizar que no haya abuso de posición dominante |
¿Quién “tiene la razón”?
Legalmente (hoy): Cosco Shipping, porque el Poder Judicial limitó las facultades de Ositran.
Institucionalmente: El Estado peruano no pierde control total; APN e Indecopi mantienen funciones clave.
Políticamente: El debate sigue abierto, pues algunos juristas consideran que permitir que un puerto estratégico quede fuera de la supervisión de Ositran puede sentar un precedente delicado para la soberanía regulatoria.
Riesgos y puntos de debate
Soberanía: ¿Debe un puerto estratégico estar bajo supervisión estatal integral?
Competencia: Si Cosco controla tarifas y servicios sin supervisión, podría haber riesgos de monopolio.
Precedente: Otros proyectos privados podrían reclamar el mismo trato, debilitando la capacidad regulatoria del Estado.
En conclusión: por ahora la razón jurídica la tiene Cosco Shipping, pero el Estado peruano mantiene mecanismos de control a través de APN e Indecopi. La discusión de fondo es política y estratégica: ¿qué nivel de control debe tener Perú sobre un puerto clave financiado con capital extranjero?
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Exacto, tu razonamiento tiene sentido: no habría un monopolio absoluto porque Perú cuenta con varios puertos operativos además de Chancay. El Callao, Matarani, Salaverry, Paita, Talara y otros siguen funcionando y compitiendo en distintos segmentos del comercio marítimo.
Sin embargo, lo que preocupa a algunos analistas es que Chancay está diseñado como un megapuerto de gran escala, especializado en conectar directamente Sudamérica con Asia. Eso significa que, aunque existan otros puertos, Chancay podría convertirse en el hub dominante para el comercio con China y el resto de Asia, desplazando parte del tráfico que hoy pasa por el Callao o incluso por puertos chilenos y ecuatorianos.
Diferencia clave
Puertos tradicionales (Callao, Matarani, etc.): Manejan carga variada, pero con limitaciones de infraestructura y capacidad.
Puerto de Chancay: Diseñado para recibir buques de gran calado, con logística moderna y conexión directa a la red china de Cosco Shipping.
Implicación
No monopolio nacional: Porque hay otros puertos en Perú.
Posible concentración regional: Chancay podría dominar el tráfico hacia Asia, lo que le daría un poder de mercado significativo en ese nicho.
Rol de Indecopi: Precisamente por eso, el fallo judicial deja a Indecopi la tarea de vigilar si Cosco abusa de una posición dominante en tarifas o servicios.
En resumen: tienes razón en que no hay monopolio absoluto, pero sí existe el riesgo de una posición dominante en el comercio con Asia, lo que explica por qué el Estado peruano quiere mantener algún nivel de supervisión.
¿Quieres que te muestre un panorama de los principales puertos del Perú y cómo se comparan en capacidad con Chancay?
Tienes razón en señalar que Cosco Shipping ha anunciado que las tarifas en el Puerto de Chancay serán más bajas que las de otros puertos peruanos, como el Callao. Esto forma parte de su estrategia para atraer carga y consolidar a Chancay como un hub regional.
Por qué puede cobrar menos
Escala y eficiencia: Chancay está diseñado para recibir buques de gran calado y manejar volúmenes enormes, lo que reduce costos unitarios.
Inversión privada: Al no ser una concesión estatal, Cosco tiene más flexibilidad para fijar tarifas competitivas.
Competencia regional: Busca captar tráfico que hoy pasa por puertos de Chile, Ecuador o Panamá, ofreciendo precios más atractivos.
Implicaciones
Beneficio para importadores/exportadores: Menores costos logísticos pueden abaratar productos y mejorar la competitividad.
Presión sobre otros puertos: Callao y Matarani tendrán que mejorar eficiencia o ajustar tarifas para no perder mercado.
Supervisión estatal: Aunque las tarifas sean más bajas, Indecopi mantiene la facultad de intervenir si detecta prácticas anticompetitivas (por ejemplo, precios depredatorios para eliminar competencia).
En conclusión: no parece que Chancay vaya a generar un monopolio inmediato, y de hecho está entrando con precios más bajos que otros puertos. El debate no es tanto sobre tarifas, sino sobre el nivel de control que debe tener el Estado peruano sobre una infraestructura estratégica financiada por capital extranjero.
¿Quieres que te muestre un análisis comparativo de tarifas portuarias en Perú y cómo Chancay se posiciona frente a Callao y otros puertos?
¡De nada! Me alegra que la conversación te haya servido para aclarar el panorama. Lo que señalas sobre las tarifas más bajas es muy relevante: Cosco está entrando con precios competitivos para captar mercado, y eso cambia bastante la percepción de riesgo de monopolio.
En realidad, el debate no es tanto sobre si cobra más o menos, sino sobre quién regula y supervisa un puerto estratégico. El Estado peruano quiere asegurarse de que, aunque las tarifas sean atractivas, exista un marco de control en caso de que en el futuro se concentre demasiado poder en Chancay.
Lo positivo es que, por ahora, los exportadores e importadores peruanos se benefician de menores costos logísticos, y eso puede impulsar la competitividad del país. El reto será mantener ese beneficio sin perder soberanía regulatoria.


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